Violencia de género y custodia compartida

Una incompatibilidad necesaria

En los procesos de divorcio, la custodia compartida se ha consolidado como una fórmula cada vez más habitual para organizar la vida de los hijos. Sin embargo, no siempre es posible. Existe un límite infranqueable que la ley marca con claridad: los casos de violencia de género. En este contexto, la custodia compartida no solo es desaconsejable, sino que está expresamente prohibida.

En Santa Cruz Abogados lo vemos con frecuencia: no se trata de premiar o castigar a un progenitor, sino de proteger lo más importante, la seguridad y el bienestar de los menores y de la víctima.

 

Custodia compartida y su base: cooperación y respeto

La custodia compartida implica que ambos progenitores asumen, de manera equilibrada, el cuidado diario de sus hijos: horarios, rutinas escolares, salud, ocio y convivencia. Para que funcione, exige un nivel mínimo de confianza, cooperación y respeto mutuo.

Por eso, la ley establece que la custodia compartida no puede acordarse cuando hay condena o procedimiento abierto por violencia de género. La lógica es sencilla: si uno de los progenitores ha ejercido violencia sobre el otro, no puede exigirse que sigan colaborando en igualdad de condiciones en la crianza de los menores.

 

Los hijos también son víctimas

La violencia de género nunca se limita a la pareja. Los hijos que crecen en ese contexto son también víctimas, aunque no sufran agresiones directas. El mero hecho de convivir en un entorno de miedo, humillación o maltrato genera secuelas emocionales y psicológicas de enorme calado: ansiedad, dificultades escolares, problemas de autoestima, rechazo a las relaciones futuras.

El interés superior del menor, principio rector de cualquier decisión judicial en materia de familia, exige apartarlos de esa situación. De ahí que, en estos casos, los jueces suelan establecer custodias exclusivas, regímenes de visitas limitados o supervisados, e incluso suspensiones temporales de contacto cuando el riesgo es evidente.

Proteger al menor significa también protegerle del clima de control o dominación que acompaña siempre a la violencia.

 

¿Qué ocurre con la patria potestad?

Conviene distinguir entre custodia y patria potestad. La primera regula la convivencia diaria; la segunda, las grandes decisiones de la vida del hijo: educación, salud, viajes o cambios de domicilio.

Aunque lo habitual es que la patria potestad siga siendo compartida, la existencia de violencia puede llevar a que el juez la limite o suspenda. No es infrecuente que se adopten medidas específicas para evitar que el progenitor maltratador utilice la patria potestad como mecanismo de control, por ejemplo bloqueando decisiones médicas, impidiendo viajes o entorpeciendo elecciones escolares.

Cada caso se valora con detalle, pero la pauta es clara: el ejercicio de la patria potestad nunca puede convertirse en una prolongación del maltrato.

 

Medidas para garantizar la protección de los hijo

Además de excluir la custodia compartida, los jueces pueden adoptar medidas adicionales para reforzar la seguridad de los menores y de la víctima. Entre ellas, visitas en puntos de encuentro familiar, comunicaciones restringidas, entregas y recogidas supervisadas o prohibición de aproximación al domicilio y centro escolar.

Estas medidas buscan evitar situaciones de contacto que puedan reproducir el conflicto o ejercer presión psicológica. La finalidad es siempre la misma: preservar la estabilidad de los hijos y garantizar que su relación con el progenitor denunciado, si se mantiene, se haga en condiciones de seguridad.

 

La importancia del asesoramiento legal

Cuando la violencia de género aparece en un proceso de separación, la complejidad aumenta de forma notable. No solo entran en juego cuestiones de custodia, patria potestad o visitas, sino también medidas penales, órdenes de protección, recursos de asistencia social y protocolos específicos para víctimas.

Por eso es imprescindible contar con un asesoramiento legal especializado, que sepa integrar todas estas piezas en una estrategia coherente y protectora. En Santa Cruz Abogados llevamos más de tres décadas ayudando a familias a atravesar estas situaciones con discreción, rigor y una prioridad indiscutible: la seguridad de las personas vulnerables.

 

Una decisión que no admite dudas

La custodia compartida es una opción válida y positiva en muchos divorcios, pero solo cuando existe un mínimo de cooperación y respeto entre los progenitores. En presencia de violencia de género, esa base desaparece y la ley lo reconoce.

No se trata de castigar al agresor, sino de proteger al menor y a la víctima. Obligar a compartir la crianza en un entorno de miedo o desigualdad no es compatible con el interés superior del hijo. Por eso, la norma lo prohíbe y los jueces lo aplican con firmeza.

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