ABOGADOS EXPERTOS EN DONACIONES SEVILLA

En Santa Cruz Abogados, tu aliado en donaciones Sevilla

En Santa Cruz Abogados, contamos con un equipo especializado en sucesiones y donaciones en Sevilla. Estamos aquí para ofrecerte el apoyo legal que necesitas.

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¿Te preocupa cómo gestionar una donación en Sevilla o el Impuesto de Donaciones en Andalucía?

Tanto si estás valorando la posibilidad de realizar una donación a un familiar como si ya te encuentras inmerso en el proceso, en Santa Cruz Abogados, despacho especializado en donaciones en Sevilla, contamos con la experiencia y el conocimiento necesarios para brindarte la mejor asesoría legal.

Diferencia entre Donación y
Otros Actos de Transmisión

En Santa Cruz Abogados Sevilla, entendemos la importancia de contar con
profesionales especializados en donaciones e impuestos de donaciones en Sevilla.
Aunque existen diversos mecanismos legales para transmitir bienes, es fundamental
conocer las especificidades y diferencias para elegir el adecuado:

Donación

Es un acto por el cual una persona (donante) transfiere gratuitamente la propiedad de un bien a otra (donatario) en vida. A diferencia de la herencia, se hace efectiva de inmediato, sin esperar al fallecimiento del titular.

Se produce tras el fallecimiento de la persona que deja los bienes. Los herederos adquieren los bienes conforme al testamento o las normas de sucesión legal.

Impuestos asociados

Tanto en donaciones como en herencias, puede existir la obligación de pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, las condiciones varían según la comunidad autónoma, por lo que en Andalucía se aplican unas reducciones y bonificaciones específicas.

Nuestro equipo de abogados especializados en impuestos de donaciones Sevilla te
asesorará para que cumplas correctamente con las obligaciones fiscales y elijas la vía
de transmisión más ventajosa para tus circunstancias personales.

Santa Cruz Abogados Donaciones Sevilla

Especialistas en Donaciones e
Impuestos Asociados Sevilla

En Santa Cruz Abogados, despacho de abogados en Sevilla con amplio reconocimiento, contamos con un equipo especializado en donaciones Sevilla e impuestos de donaciones Sevilla.

Nuestro objetivo es proporcionarte el apoyo legal y fiscal necesario para que realices estos trámites con total seguridad y confianza.

Como despacho referente en abogados de donaciones en Sevilla, te ofrecemos asesoramiento integral en diferentes cuestiones relacionadas con las donaciones:

Planificación fiscal

Estudio personalizado para optimizar el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Redacción de documentos

Elaboración y revisión de escrituras de donación, contratos privados y demás instrumentos necesarios para formalizar la transmisión.

Negociación y mediación familiar

En caso de desacuerdos entre familiares, te ayudamos a alcanzar entendimientos beneficiosos para todas las partes.

Procedimientos ante la Administración

Representación en los trámites y gestiones ante las autoridades fiscales y notarías, garantizando el correcto cumplimiento de la normativa.

Escucharte atentamente

Analizar tu situación
y entender tus necesidades y objetivos.

Brindarte soluciones efectivas

Proponer las estrategias legales y fiscales más convenientes para tu caso concreto.

Proteger tus intereses

Velar por que tus derechos y los de tu familia estén siempre respaldados.

Acompañarte en todo el proceso

Desde la planificación inicial hasta la formalización de la donación y el pago de impuestos.

Confiar en Santa Cruz Abogados de Donaciones Sevilla significa
contar con un equipo de profesionales que afrontará cada
detalle con rigor y cercanía. Nuestra amplia experiencia y casos
de éxito nos avalan como uno de los referentes en este ámbito
legal, garantizando un servicio personalizado y de calidad.

¿Buscas asesoramiento en Donaciones o
Impuestos de Donaciones en Sevilla?

Contacta con nuestro equipo de expertos en Santa
Cruz Abogados y te guiaremos en cada paso para
que disfrutes de la máxima tranquilidad legal y fiscal.

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Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

Una donación es un acto jurídico por el cual el donante transfiere la propiedad de un bien de forma gratuita al donatario. En Andalucía, se rige tanto por el Código Civil como por la normativa autonómica que regula el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Para asegurarte de cumplir con todos los requisitos formales y fiscales, resulta clave contar con asesoramiento legal especializado.

Sí. En Andalucía, existen reducciones y bonificaciones específicas según el grado de parentesco entre el donante y el donatario, y la naturaleza de los bienes donados (por ejemplo, vivienda habitual). Es importante analizar cada caso para determinar si se cumplen los requisitos que dan derecho a dichas reducciones.
Generalmente, se requiere:
  • Documento de identidad del donante y el donatario.
  • Título de propiedad o documentación que acredite la titularidad de los bienes.
  • Escritura pública de donación ante notario.
  • Liquidación del Impuesto de Donaciones en el plazo establecido por la ley.
El Código Civil contempla situaciones muy concretas que podrían dar lugar a la revocación de la donación (ingratitud del donatario, incumplimiento de cargas, etc.). Sin embargo, se trata de supuestos excepcionales, y es necesario acudir a la vía judicial para que se reconozca la revocación.

Se suele partir del valor de mercado o valor real del bien en el momento de la donación. Es importante contar con una tasación adecuada, ya que sobre este valor se calcula el Impuesto de Donaciones.

Es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos por donación (o sucesión, en caso de herencia). La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias para establecer determinados tipos impositivos, reducciones y bonificaciones. Las cantidades a pagar varían en función del valor de los bienes, el parentesco entre donante y donatario y la normativa aplicable.

  • Inmediatez: El donatario adquiere la propiedad de manera inmediata.
  • Planificación familiar: Permite organizar la transmisión de bienes en vida, evitando posibles conflictos tras el fallecimiento.
  • Posibles beneficios fiscales: Dependiendo de la normativa autonómica y el grado de parentesco, se pueden aplicar bonificaciones.

Por lo general, el sujeto pasivo es el donatario (la persona que recibe la donación). No obstante, en la práctica, donante y donatario pueden pactar quién asume el pago, aunque legalmente sea el donatario quien deba efectuar la liquidación.

El lugar de residencia fiscal y la localización de los bienes pueden influir en la normativa aplicable y en la cuantía del impuesto. Resulta esencial analizar cada caso para determinar la legislación competente y evitar problemas de doble imposición.

La normativa aplicable puede ser compleja y variar según la comunidad autónoma y la naturaleza de los bienes. Un abogado especializado se asegurará de que la donación se formalice correctamente, se cumplan todas las obligaciones fiscales y se aprovechen las ventajas legales y tributarias que puedan existir.

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