Formalizar una relación implica mucho más que convivir.
Aunque en lo cotidiano puedan parecer equivalentes, matrimonio y pareja de hecho no ofrecen la misma protección legal ni los mismos beneficios fiscales.
Y en Santa Cruz Abogados lo vemos a diario: decisiones tomadas sin asesoramiento previo pueden tener consecuencias serias, especialmente en situaciones de ruptura o herencia.
Para ayudarte a decidir con claridad, te presentamos una guía dividida en tres bloques esenciales: protección legal, impacto fiscal y consecuencias en caso de separación. Información clara, útil y pensada para proteger lo que más importa.
Diferencias jurídicas entre matrimonio y pareja de hecho
El matrimonio sigue siendo la figura que más protección jurídica otorga de forma automática.
En cambio, la pareja de hecho, aun estando cada vez más reconocida, requiere estudiar bien y detalladamente las consecuencias y la legalidad, para acercarse a ese nivel de seguridad seguridad jurídica y ventajas, que aporta el matrimonio.
Efectos automáticos del matrimonio
Desde el momento en que se inscribe, el matrimonio genera efectos legales inmediatos, mientras los cónyuges sigan casados: pensión de viudedad en caso de fallecimiento y otros beneficios, reconocimiento como familia, legitimación administrativa, beneficios en la adopción conjunta… Todo sin mayor necesidad de prueba adicional.
En cambio, la pareja de hecho, no operan estos beneficios por sí solos y hay mayores trabas. Se necesita demostrar la convivencia, estar inscrita en el registro de parejas de hecho correspondiente y, en muchos casos, justificar la dependencia económica.
Y aun así, la cobertura legal puede quedarse corta y verse comprometida.
En nuestro despacho en Sevilla, como abogados expertos en parejas de hecho y familia, asesoramos a muchas personas que descubren estas diferencias demasiado tarde.
Diferencias patrimoniales importantes
El matrimonio activa automáticamente un régimen económico —por defecto, gananciales, salvo pacto de separación de bienes—. Esto supone que los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos, salvo prueba en contrario.
En las parejas de hecho no existe un régimen económico predeterminado. Por tanto, todo lo que se quiera compartir o proteger debe quedar reflejado por escrito, en régimen de copropiedad ó cotitularidad. De lo contrario, lo que no se documenta, se puede perder.
En Santa Cruz Abogados te resolvemos las dudas, te asesoramos y te ayudamos a dejarlo todo claro desde el principio.
La herencia: un punto crítico para las parejas de hecho
El cónyuge viudo hereda su usufructo vitalicio, incluso sin testamento.
Pero en la pareja de hecho, si no se ha previsto de forma expresa, el miembro superviviente puede quedar completamente desprotegido. Con lo cual es indispensable hacer testamento.
Ni la convivencia ni los años compartidos otorgan ese derecho si no hay documentación ni testamento.
Es una situación que se puede evitar fácilmente con asesoramiento especializado.
En Santa Cruz Abogados elaboramos testamentos de esta naturaleza, para que nada quede al azar.
Diferencias fiscales importantes: Hacienda premia ó penaliza, según el tipo de unión.
Aunque el día a día de una pareja sea idéntico estén o no casados, la fiscalidad no los trata por igual, ni mucho menos.
Indudablemente, el matrimonio sigue teniendo ventajas significativas.
Posibilidad de Declaración conjunta del IRPF
Este beneficio fiscal está reservado casi exclusivamente a los matrimonios.
En las parejas de hecho, solo puede aplicarse si hay hijos comunes y uno de los dos no tiene ingresos, por lo que muchas familias quedan excluidas sin saberlo.
Deducciones y beneficios fiscales
Las deducciones por maternidad, familia numerosa, ascendientes a cargo o discapacidad se aplican con más facilidad en el matrimonio.
En las parejas de hecho, depende del grado de reconocimiento legal de la unión y de la normativa de cada comunidad autónoma.
En Santa Cruz Abogados estudiamos cada caso con detalle para ayudarte a optimizar tu fiscalidad en función de tu situación personal y familiar.
Herencias y donaciones: diferencias de hasta el 99 %
En Andalucía, por ejemplo, el cónyuge tiene derecho a una bonificación del 99 % en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
En cambio, una pareja de hecho, puede tributar como si fuera un extraño, con tipos muchísimo más altos. Y qué decir si ni siquiera están debidamente registrada como pareja de hecho.
Son situaciones que atendemos con frecuencia en Santa Cruz Abogados. Por eso insistimos en que lo que no se prevé, puede salir muy caro.
Cuando se rompe la relación también cambia la protección legal y la situación
Nadie empieza una relación pensando en la ruptura. Pero cuando ocurre, el tipo de vínculo legal marca la diferencia en derechos, obligaciones y protección.
Procedimientos claros frente a vacío normativo
El divorcio está regulado por el Código Civil. Existen procedimientos definidos para el reparto de bienes, pensión compensatoria, custodia, uso de la vivienda familiar…
En cambio, la pareja de hecho carece de regulación estatal completa. Si no hay hijos ni bienes, no se exige trámite alguno para la separación. Y si los hay, se inicia un proceso menos claro y sin garantías similares.
Protección del miembro más vulnerable
Quien ha dejado su trabajo para cuidar de hijos o del hogar, en un matrimonio puede acceder a una pensión compensatoria. En una pareja de hecho, si no se ha pactado expresamente, puede quedar sin respaldo legal ni compensación económica.
En Santa Cruz Abogados trabajamos para que esas situaciones se contemplen desde el inicio. Y si ya estás en una situación de ruptura, te acompañamos para que no te quedes sin protección.
La vivienda tras la ruptura
En caso de divorcio, el juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar en función de la custodia o la necesidad. En las parejas de hecho, todo depende de a quién pertenezca la vivienda. Si solo uno figura como titular, el otro puede verse obligado a marcharse sin más.
En resumen
No es solo quererse mucho, hay que prever bien cada paso
Cada pareja es distinta. Pero lo que no se regula, no se protege. El matrimonio ofrece una cobertura jurídica automática. La pareja de hecho exige más previsión, más papeles y más cuidado. Lo importante es decidir con conocimiento, y ahí es donde un buen asesoramiento marca la diferencia.
Te ayudamos. Santa Cruz Abogados: previsión, protección y acompañamiento jurídico
En Santa Cruz Abogados te acompañamos desde la primera decisión. Escuchamos, asesoramos y ofrecemos soluciones legales reales adaptadas a tu caso. Nuestro equipo en Sevilla está especializado en derecho de familia, herencias, planificación patrimonial y rupturas de pareja, tanto de hecho como matrimoniales.
Te ayudamos a regular lo importante:
- Pactos de convivencia
- Elección de régimen económico
- Testamentos y herencias
- Inscripción como pareja de hecho
- Separación o divorcio
- Custodia y medidas para hijos comunes
RESERVA TU CITA AQUÍ. y toma tus decisiones con seguridad. Porque en cuestiones de pareja, lo que se protege bien, no falla.
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