Durante mucho tiempo, desheredar a un hijo parecía algo casi imposible.
El Código Civil es muy protector con los herederos forzosos, especialmente con los hijos.
Pero la realidad social, ha hecho que los tribunales comiencen a abrir los ojos a situaciones mucho más complejas que las que recoge el Código Civil para una realidad más propia del blanco y negro.
El artículo 851 y siguientes del Código Civil habla de las Causas comunes o generales:
Una causa genérica que tiene validez legal para tomar la decisión de desheredar a un ascendiente, descendiente o cónyuge, es la incapacidad por indignidad para suceder.
Esta indignidad viene dada generalmente por los siguientes motivos:
-Los padres que hubieren abandonado a sus hijos, corrompido y prostituido.
-Los que han sido condenados por atentar contra la vida del testador o sus vínculos directos.
-Los que mediante calumnia hayan denunciado al testador de un delito con pena de prisión grave.
-Las personas que obligaron al testador a elaborar o modificar su testamento utilizando fraude, amenaza u otro tipo de violencia.
-Los que impidan hacer o modificar un testamento utilizando fraude, amenaza o violencia.
-Y la que consideramos más frecuente por nuestra experiencia: el maltrato psicológico hacia los padres.
Hasta hace no tanto, se entendía que para desheredar a un hijo había que demostrar un maltrato físico evidente o insultos graves. Pero, ¿qué pasa cuando ese maltrato no se ve, no deja moratones, pero duele igual o más? ¿Qué ocurre con ese abandono emocional sostenido en el tiempo, con ese silencio hiriente, con esa frialdad que margina y desprecia?
Pues bien, el Tribunal Supremo dice algo muy claro: también eso cuenta. Y, si se demuestra, puede ser motivo suficiente para desheredar.
Desheredar a los hijos por maltrato
El giro vino con dos Sentencias, una de junio de 2014 y otra de enero de 2015. En ambas, el Supremo dejó claro que el maltrato psicológico puede llegar a tener la misma gravedad que el físico. Que no se trata de que el hijo levante la voz o la mano, sino de que cause un sufrimiento profundo y continuado que afecte al bienestar emocional del progenitor.
Por ejemplo, hijos que durante años han ignorado por completo a sus padres, que les han dejado solos en situaciones de necesidad, que han cortado toda comunicación sin motivo aparente, o que han mantenido una actitud constante de desprecio o indiferencia. Esa conducta, cuando es grave y sostenida, puede justificar que el padre o la madre los excluya de la herencia.
Ahora bien, hay un detalle importante: hay que dejarlo claro, redactado y acreditado en el testamento. El juez no va a interpretar por su cuenta ni va a desheredar de oficio. Si no se recoge expresamente esa causa, el hijo mantiene sus derechos.
Qué implica esto al hacer testamento y por qué asesorarte con un abogado experto en testamentos y herencias
En Santa Cruz Abogados, este tipo de cuestiones no son anecdóticas.
Cada testamento que redactamos parte de una conversación serena y profunda entre cliente y abogado, en la que escuchamos: tu historia, el porqué, tus deseos y le damos forma legal sin juicios ni dramatismos innecesarios.
Vamos a lo práctico y a hacer tu testamento lo más sencillo posible dentro de todo.
Porque cuando existe un daño emocional real, sostenido en el tiempo, hay que tener la valentía de protegerse también desde el punto de vista jurídico.
Por eso, si decides incluir una cláusula de desheredación, te ayudamos a que esté bien fundamentada, clara y respaldada.
En nuestra experiencia, cada familia es única, y naturalmente cada testamento debe serlo también.
No es solo repartir, es defender tu voluntad
Un testamento no es un trámite más.
Es un acto de decisión y de cuidado.
Y como en Santa Cruz Abogados nos tomamos muy en serio lo que significa que alguien confíe en nosotros para dejar organizada su herencia, ponemos especial atención en algo que suele pasarse por alto: la parte emocional que hay detrás de cada disposición.
Porque el testamento no solo se hace con papeles.
Se hace con vivencias, con vínculos, con decepciones y con afectos. Y todo eso, aunque no figure como tal en el Código Civil, tiene su peso, y nosotros lo manejamos.
Si alguna parte de tu experiencia te lleva a plantearte excluir a alguien, o simplemente a dejar las cosas muy claras para evitar tensiones, es el momento de actuar. En vida. Con tranquilidad. Con asesoramiento profesional y totalmente personalizado.
El momento es ahora.
Redactar un testamento no requiere tener una avanzada edad ni un gran patrimonio.
Lo que requiere es tener clara tu voluntad y querer que se respete.
Cuanto antes lo dejes resuelto, más paz tendrás tú… y más evitarás problemas a quienes vengan detrás.
Y si hay razones de fondo –como una relación familiar rota o un maltrato psicológico sostenido–, esperar puede significar perder la oportunidad de tomar el control.
Por eso, desde nuestro despacho, nos gusta decir que hacer testamento no es un acto jurídico, es un acto de dignidad. Porque nadie mejor que tú sabe cómo quieres que se repartan tus cosas. Y nadie más que tú debería decidirlo.
En Santa Cruz Abogados te escuchamos con atención, lo redactamos con precisión y lo protegemos con plena solvencia
Somos un despacho de abogados en el que las personas no son “clientes”, son historias reales que merecen ser contadas con el máximo rigor y protegidas con discreción y efectividad.
Si decides hacer tu testamento, lo haremos contigo, sin prisas, sin fórmulas estándar, sin juicios. Con atención personalizada, lenguaje claro y toda nuestra experiencia en sucesiones.
Agenda tu cita y ven a contarnos tu historia.
Nosotros nos encargamos del resto.
Porque cuando se trata de tu herencia, no vale cualquier testamento.
Tiene que ser el tuyo.
Y tiene que estar bien hecho.
Estamos donde nos necesitas
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